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Dos personas revisando documentos y planos sobre una mesa en una oficina con vista a montañas verdes

Inscripción ante la SUGEF: cómo se registra un prestamista privado en Costa Rica

Si usted piensa prestar dinero en Costa Rica de forma habitual, y no una sola vez a un conocido, le conviene hacer su inscripción ante la SUGEF. La inscripción coloca al prestamista dentro del sistema de prevención de legitimación de capitales, y las normas de la SUGEF impiden a las entidades financieras supervisadas dar servicio a quien debía inscribirse y no lo hizo. Esta guía explica quién debe inscribirse, qué pide la SUGEF y cómo avanza el trámite.

Antes de seguir, una aclaración que la propia SUGEF hace al público: la inscripción no es una autorización para operar. La Superintendencia supervisa a los inscritos únicamente en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, no la solidez de sus negocios ni la calidad de sus préstamos.

Quién debe inscribirse

La Ley 7786 enumera actividades fuera del sistema bancario cuyos proveedores deben inscribirse ante la SUGEF. El artículo 15 bis incluye a las personas físicas y jurídicas que otorgan facilidades crediticias de manera organizada y habitual utilizando cuentas en entidades supervisadas.

Existe una exclusión para la actividad pequeña: no se exige la inscripción cuando el promedio mensual de transacciones de los últimos doce meses es de US$5.000 o menos, o su equivalente en otras monedas. Los préstamos con garantía inmobiliaria suelen manejar montos mucho mayores, así que quien piensa prestar con regularidad debería prever la inscripción. Un abogado costarricense puede confirmarlo para su caso.

Cuatro personas conversando al aire libre mientras una muestra un gráfico en una tableta, con montañas al fondo

Qué preparar antes de presentar la solicitud

La mayor parte del trabajo ocurre antes de enviar la solicitud. Para una persona física, el reglamento de inscripción de la SUGEF pide:

  • Datos de identificación: nombre, número de identificación, nacionalidad, país de nacimiento, nombre comercial si lo tiene, actividades y dirección.
  • Certificaciones de antecedentes penales del país de nacimiento, del país de nacionalidad y del país de residencia.
  • Declaración jurada de que cuenta con un manual de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
  • Descripción de la actividad y origen de los fondos.
  • Cuentas IBAN en entidades supervisadas por la SUGEF, de uso exclusivo para la actividad inscrita.
  • Registro en la plataforma UIF Reportes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).
  • Información completa en el CICAC (Centro de Información Conozca a su Cliente) de la SUGEF.

Las personas jurídicas aportan además una declaración jurada de su composición accionaria, con certificación notarial o con la información del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, y la certificación de sus representantes legales emitida por el Registro Nacional o por un notario. Puede solicitar gratis la lista de verificación para la inscripción ante la SUGEF (PDF) y marcar cada punto.

El trámite, paso a paso

  1. Confirme que la inscripción le aplica. Su actividad, su estructura y su volumen lo definen; es una consulta para un abogado o un profesional en cumplimiento.
  2. Tenga listas sus cuentas. Las cuentas IBAN que declare deben estar en entidades supervisadas y dedicarse a la actividad. Cada banco fija sus propios requisitos para abrir cuentas, así que conviene empezar temprano.
  3. Prepare su manual de prevención. Va a declarar bajo juramento que existe, así que debe ser real y ajustarse a su forma de prestar.
  4. Complete UIF Reportes y el CICAC, y reúna certificaciones.
  5. Presente la solicitud en el Sistema de Inscripción de Personas Obligadas de la SUGEF. La firma usted o, si es una empresa, su representante legal, y tiene carácter de declaración jurada.
  6. Atienda cualquier solicitud de corrección. Si falta algo, la SUGEF puede pedir correcciones una vez y otorgar al menos diez días hábiles para responder.
  7. Espere la resolución. El reglamento da a la SUGEF 25 días hábiles para resolver, o hasta 40 cuando el caso es complejo.
Grupo de profesionales reunidos alrededor de una mesa redonda con documentos, rodeados de vegetación y colinas

Después de la inscripción

La inscripción no vence, pero puede suspenderse, cancelarse o revocarse. El inscrito asume además obligaciones continuas: según la clasificación que le asigne la SUGEF, designa un oficial de cumplimiento o una persona de enlace y comunica el nombramiento en un plazo máximo de tres días hábiles, y debe contar con mecanismos para detectar y reportar operaciones sospechosas. Si deja de prestar, tiene diez días hábiles para solicitar la desinscripción.

Cómo le ayuda GAP

GAP no presenta inscripciones en nombre de los prestamistas; la solicitud la firma usted. Lo que sí hacemos es acompañarle en el proceso: qué implica, qué debe reunir y cómo encaja con prestar en préstamos con garantía inmobiliaria a través de GAP. Después le ponemos en contacto con abogados y profesionales en cumplimiento costarricenses independientes, que preparan y presentan la inscripción con usted.

Los préstamos a través de GAP empiezan en US$50.000, el prestamista queda en primera posición y el deudor le paga directamente a usted. Pueden prestar personas de cualquier nacionalidad, y no se requiere residencia en Costa Rica.

Equipo revisando pilas de documentos y computadoras portátiles en una mesa al aire libre con montañas al fondo

Preguntas frecuentes

¿La inscripción ante la SUGEF es un permiso para prestar?

No. La SUGEF advierte que la inscripción no es una autorización para operar. Solo le somete a supervisión en prevención de legitimación de capitales.

¿Cuánto tarda la SUGEF en resolver?

El reglamento fija 25 días hábiles, o hasta 40 si el caso es complejo. Si la SUGEF pide correcciones, el tiempo de respuesta se suma; una solicitud completa es el camino más rápido.

¿Puede inscribirse un extranjero?

Los requisitos contemplan a solicitantes extranjeros: piden antecedentes penales del país de nacimiento, de nacionalidad y de residencia. Su abogado le indicará cómo preparar los documentos emitidos fuera de Costa Rica.

¿Dónde puedo consultar a la SUGEF?

La SUGEF atiende consultas sobre los artículos 15 y 15 bis en articulo15bis-crm@sugef.fi.cr, y su línea de atención al público es el (506) 2243-4848. También puede revisar cómo verificar si un prestamista está inscrito en la SUGEF.

Le puede servir también: SUGEF y tributación en Costa Rica y cómo empezar a invertir en Costa Rica.

Hablemos de su caso hoy

Escríbanos por WhatsApp al +506 4001 6413 y le contestamos en español. Desde Estados Unidos o Canadá puede llamar al 855-562-6427, y también puede escribirnos a info@gap.cr.

Cuéntenos en qué punto está: si ya tiene cuentas, si prestaría a título personal o por medio de una sociedad y cuánto capital piensa colocar. Le explicamos qué implica la inscripción en su caso y le presentamos profesionales independientes que pueden tramitarla, sin compromiso. Usted decide sobre cada préstamo, y no se promete ningún resultado.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, tributaria ni de inversión. Los requisitos de la SUGEF pueden cambiar; confirme las reglas vigentes con la SUGEF y con un abogado costarricense antes de presentar su solicitud. La inscripción ante la SUGEF no es una autorización para operar y no garantiza ningún préstamo ni rendimiento.


Article by Glenn Tellier (Founder of CRIE and Grupo Gap)

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GLENN TELLIER

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